435 lines
21 KiB
Plaintext
435 lines
21 KiB
Plaintext
Atribución/Reconocimiento 4.0 Internacional
|
||
|
||
=======================================================================
|
||
|
||
Creative Commons Corporation ("Creative Commons") no es una firma de
|
||
abogados ni ofrece servicios legales ni asesoría legal. La distribución
|
||
de las licencias públicas de Creative Commons no genera una relación
|
||
abogado-cliente ni de cualquier otro tipo. Creative Commons proporciona
|
||
sus licencias y la información relacionada tal como se presenta.
|
||
Creative Commons no ofrece ninguna garantía con respecto a sus
|
||
licencias, ni sobre el material sujeto a sus términos y condiciones, ni
|
||
sobre cualquier información relacionada. Creative Commons queda exenta
|
||
de cualquier responsabilidad vinculada a daños que resulten de su uso
|
||
conforme al marco legal aplicable.
|
||
|
||
Uso de las Licencias Públicas de Creative Commons
|
||
|
||
Las licencias públicas de Creative Commons proporcionan un conjunto
|
||
estándar de términos y condiciones que los creadores y otros titulares
|
||
de derechos pueden utilizar para compartir obras originales de su
|
||
autoría y cualquier otro material sujeto a derechos de autor y a otros
|
||
derechos que se especifican en la licencia pública de más abajo. Las
|
||
consideraciones siguientes son solo con fines informativos, no son
|
||
exhaustivas y no forman parte de nuestras licencias.
|
||
|
||
Consideraciones para licenciantes: Nuestras licencias públicas
|
||
están destinadas a ser utilizadas por aquellos autorizados a dar
|
||
permiso al público para utilizar material en formas que de otra
|
||
manera estarían restringidas por los derechos de autor y por otros
|
||
derechos. Nuestras licencias son irrevocables. Los licenciantes
|
||
deben leer y entender los términos y las condiciones de la
|
||
licencia que elijan antes de aplicarla. Los licenciantes deben
|
||
también contar con todos los derechos necesarios antes de aplicar
|
||
nuestras licencias, de modo que el público pueda reutilizar el
|
||
material según lo esperado. Los licenciantes deben identificar con
|
||
claridad cualquier material que no esté sujeto a la licencia. Esto
|
||
incluye materiales que se encuentren distribuidos con otra
|
||
licencia de CC o materiales utilizados en virtud de alguna
|
||
excepción o limitación al derecho de autor. Más consideraciones
|
||
para Licenciantes:
|
||
wiki.creativecommons.org/Considerations_for_licensors
|
||
|
||
Consideraciones para el público: Mediante el uso de una de
|
||
nuestras licencias públicas, el licenciante concede el permiso
|
||
para utilizar el Material Licenciado bajo los términos y las
|
||
condiciones que se especifican. Si producto de la aplicación de
|
||
una excepción o limitación al derecho de autor u otra razón, no es
|
||
necesario aplicar la licencia para el uso requerido, se entenderá
|
||
que dicho uso no se encuentra regulado por la licencia. Nuestras
|
||
licencias solamente otorgan los permisos que por derecho de autor
|
||
y derechos conexos el licenciante tiene potestad legal de otorgar.
|
||
El uso del Material Licenciado podría estar restringido por
|
||
razones distintas de la licencia, incluyendo el ejercicio de otros
|
||
derechos de autor u otros derechos sobre el material. El
|
||
licenciante puede solicitar peticiones especiales, como pedir que
|
||
los cambios estén marcados o descritos. Aunque nuestras licencias
|
||
no lo requieren, se lo alienta a respetar esas solicitudes dentro
|
||
de lo razonable. Más consideraciones para licenciatarios:
|
||
wiki.creativecommons.org/Considerations_for_licensees
|
||
|
||
=======================================================================
|
||
|
||
Creative Commons Atribución/Reconocimiento 4.0 Licencia Pública
|
||
Internacional — CC BY 4.0
|
||
|
||
Al ejercer los Derechos Licenciados (definidos a continuación), Usted
|
||
acepta y acuerda estar obligado por los términos y condiciones de esta
|
||
Licencia Internacional Pública de Atribución/Reconocimiento 4.0 de
|
||
Creative Commons ("Licencia Pública"). En la medida en que esta
|
||
Licencia Pública pueda ser interpretada como un contrato, a Usted se le
|
||
otorgan los Derechos Licenciados en consideración a su aceptación de
|
||
estos términos y condiciones, y el Licenciante le concede a Usted tales
|
||
derechos en consideración a los beneficios que el Licenciante recibe
|
||
por poner a disposición el Material Licenciado bajo estos términos y
|
||
condiciones.
|
||
|
||
|
||
Sección 1 -- Definiciones.
|
||
|
||
a. Material Adaptado es aquel material protegido por Derechos de
|
||
Autor y Derechos Similares que se deriva o se crea en base al
|
||
Material Licenciado y en el cual el Material Licenciado se
|
||
traduce, altera, arregla, transforma o modifica de manera tal que
|
||
dicho resultado sea de aquellos que requieran autorización de
|
||
acuerdo con los Derechos de Autor y Derechos Similares que ostenta
|
||
el Licenciante. A los efectos de esta Licencia Pública, cuando el
|
||
Material Licenciado se trate de una obra musical, una
|
||
interpretación o una grabación sonora, la sincronización temporal
|
||
de este material con una imagen en movimiento siempre producirá
|
||
Material Adaptado.
|
||
|
||
b. Licencia de adaptador es aquella licencia que Usted aplica a Sus
|
||
Derechos de Autor y Derechos Similares en Sus contribuciones
|
||
consideradas como Material Adaptado de acuerdo con los términos y
|
||
condiciones de esta Licencia Pública.
|
||
|
||
c. Derechos de Autor y Derechos Similares son todos aquellos derechos
|
||
estrechamente vinculados a los derechos de autor, incluidos, de
|
||
manera enunciativa y no taxativa, los derechos sobre las
|
||
interpretaciones, las emisiones, las grabaciones sonoras y los
|
||
Derechos "Sui Generis" sobre Bases de Datos, sin importar cómo
|
||
estos derechos se encuentren enunciados o categorizados. A los
|
||
efectos de esta Licencia Pública, los derechos especificados en
|
||
las secciones 2(b)(1)-(2) no se consideran Derechos de Autor y
|
||
Derechos Similares.
|
||
|
||
d. Medidas Tecnológicas Efectivas son aquellas medidas que, en
|
||
ausencia de la debida autorización, no pueden ser eludidas en
|
||
virtud de las leyes que cumplen las obligaciones del artículo 11
|
||
del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor adoptado el 20 de
|
||
diciembre de 1996, y/o acuerdos internacionales similares.
|
||
|
||
e. Excepciones y Limitaciones son el uso justo (fair use), el trato
|
||
justo (fair dealing) y/o cualquier otra excepción o limitación a
|
||
los Derechos de Autor y Derechos Similares que se apliquen al uso
|
||
el Material Licenciado.
|
||
|
||
f. Material Licenciado es obra artística o literaria, base de datos o
|
||
cualquier otro material al cual el Licenciante aplicó esta
|
||
Licencia Pública.
|
||
|
||
g. Derechos Licenciados son derechos otorgados a Usted bajo los
|
||
términos y condiciones de esta Licencia Pública, los cuales se
|
||
limitan a todos los Derechos de Autor y Derechos Similares que
|
||
apliquen al uso del Material Licenciado y que el Licenciante tiene
|
||
potestad legal para licenciar.
|
||
|
||
h. Licenciante es el individuo(s) o la entidad(es) que concede
|
||
derechos bajo esta Licencia Pública.
|
||
|
||
i. Compartir significa proporcionar material al público por cualquier
|
||
medio o procedimiento que requiera permiso conforme a los Derechos
|
||
Licenciados, tales como la reproducción, exhibición pública,
|
||
presentación pública, distribución, difusión, comunicación o
|
||
importación, así como también su puesta a disposición, incluyendo
|
||
formas en que el público pueda acceder al material desde un lugar
|
||
y momento elegido individualmente por ellos.
|
||
|
||
j. Derechos "Sui Generis" sobre Bases de Datos son aquellos derechos
|
||
diferentes a los derechos de autor, resultantes de la Directiva
|
||
96/9/EC del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de
|
||
1996 sobre la protección jurídica de las bases de datos, en sus
|
||
versiones modificadas y/o posteriores, así como otros derechos
|
||
esencialmente equivalentes en cualquier otra parte del mundo.
|
||
|
||
k. Usted es el individuo o la entidad que ejerce los Derechos
|
||
Licenciados en esta Licencia Pública. La palabra Su tiene un
|
||
significado equivalente.
|
||
|
||
|
||
Sección 2 -- Ámbito de Aplicación.
|
||
|
||
a. Otorgamiento de la licencia.
|
||
|
||
1. Sujeto a los términos y condiciones de esta Licencia Pública,
|
||
el Licenciante le otorga a Usted una licencia de carácter
|
||
global, gratuita, no transferible a terceros, no exclusiva e
|
||
irrevocable para ejercer los Derechos Licenciados sobre el
|
||
Material Licenciado para:
|
||
|
||
a. reproducir y Compartir el Material Licenciado, en su
|
||
totalidad o en parte; y
|
||
|
||
b. producir, reproducir y Compartir Material Adaptado.
|
||
|
||
2. Excepciones y Limitaciones. Para evitar cualquier duda, donde
|
||
se apliquen Excepciones y Limitaciones al uso del Material
|
||
Licenciado, esta Licencia Pública no será aplicable, y Usted
|
||
no tendrá necesidad de cumplir con sus términos y
|
||
condiciones.
|
||
|
||
3. Vigencia. La vigencia de esta Licencia Pública está
|
||
especificada en la sección 6(a).
|
||
|
||
4. Medios y formatos; modificaciones técnicas permitidas. El
|
||
Licenciante le autoriza a Usted a ejercer los Derechos
|
||
Licenciados en todos los medios y formatos, actualmente
|
||
conocidos o por crearse en el futuro, y a realizar las
|
||
modificaciones técnicas necesarias para ello. El Licenciante
|
||
renuncia y/o se compromete a no hacer valer cualquier derecho
|
||
o potestad para prohibirle a Usted realizar las
|
||
modificaciones técnicas necesarias para ejercer los Derechos
|
||
Licenciados, incluyendo las modificaciones técnicas
|
||
necesarias para eludir las Medidas Tecnológicas Efectivas. A
|
||
los efectos de esta Licencia Pública, la mera realización de
|
||
modificaciones autorizadas por esta sección 2(a)(4) nunca
|
||
produce Material Adaptado.
|
||
|
||
5. Receptores posteriores.
|
||
|
||
a. Oferta del Licenciante – Material Licenciado. Cada
|
||
receptor de Material Licenciado recibe automáticamente
|
||
una oferta del Licenciante para ejercer los Derechos
|
||
Licenciados bajo los términos y condiciones de esta
|
||
Licencia Pública.
|
||
|
||
b. Sin restricciones a receptores posteriores. Usted no
|
||
puede ofrecer o imponer ningún término ni condición
|
||
diferente o adicional, ni puede aplicar ninguna Medida
|
||
Tecnológica Efectiva al Material Licenciado si
|
||
haciéndolo restringe el ejercicio de los Derechos
|
||
Licenciados a cualquier receptor del Material
|
||
Licenciado.
|
||
|
||
6. Sin endoso. Nada de lo contenido en esta Licencia Pública
|
||
constituye o puede interpretarse como un permiso para afirmar
|
||
o implicar que Usted, o que Su uso del Material Licenciado,
|
||
está conectado, patrocinado, respaldado o reconocido con
|
||
estatus oficial por el Licenciante u otros designados para
|
||
recibir la Atribución/Reconocimiento según lo dispuesto en la
|
||
sección 3(a)(1)(A)(i).
|
||
|
||
b. Otros derechos.
|
||
|
||
1. Los derechos morales, tales como el derecho a la integridad,
|
||
no están comprendidos bajo esta Licencia Pública ni tampoco
|
||
los derechos de publicidad y privacidad ni otros derechos
|
||
personales similares. Sin embargo, en la medida de lo
|
||
posible, el Licenciante renuncia y/o se compromete a no hacer
|
||
valer ninguno de estos derechos que ostenta como Licenciante,
|
||
limitándose a lo necesario para que Usted pueda ejercer los
|
||
Derechos Licenciados, pero no de otra manera.
|
||
|
||
2. Los derechos de patentes y marcas no son objeto de esta
|
||
Licencia Pública.
|
||
|
||
3. En la medida de lo posible, el Licenciante renuncia al
|
||
derecho de cobrarle regalías a Usted por el ejercicio de los
|
||
Derechos Licenciados, ya sea directamente o a través de una
|
||
entidad de gestión colectiva bajo cualquier esquema de
|
||
licenciamiento voluntario, renunciable o no renunciable. En
|
||
todos los demás casos, el Licenciante se reserva expresamente
|
||
cualquier derecho de cobrar esas regalías.
|
||
|
||
|
||
Sección 3 -- Condiciones de la Licencia.
|
||
|
||
Su ejercicio de los Derechos Licenciados está expresamente sujeto a las
|
||
condiciones siguientes.
|
||
|
||
a. Atribución/Reconocimiento.
|
||
|
||
1. Si Usted comparte el Material Licenciado (incluyendo en forma
|
||
modificada), Usted debe:
|
||
|
||
a. Conservar lo siguiente si es facilitado por el
|
||
Licenciante con el Material Licenciado:
|
||
|
||
i. identificación del creador o los creadores del
|
||
Material Licenciado y de cualquier otra persona
|
||
designada para recibir Atribución/Reconocimiento,
|
||
de cualquier manera razonable solicitada por el
|
||
Licenciante (incluyendo por seudónimo si este ha
|
||
sido designado);
|
||
|
||
ii. un aviso sobre derecho de autor;
|
||
|
||
iii. un aviso que se refiera a esta Licencia Pública;
|
||
|
||
iv. un aviso que se refiera a la limitación de
|
||
garantías;
|
||
|
||
v. un URI o un hipervínculo al Material Licenciado en
|
||
la medida razonablemente posible;
|
||
|
||
b. Indicar si Usted modificó el Material Licenciado y
|
||
conservar una indicación de las modificaciones
|
||
anteriores; e
|
||
|
||
c. Indicar que el Material Licenciado está bajo esta
|
||
Licencia Pública, e incluir el texto, el URI o el
|
||
hipervínculo a esta Licencia Pública.
|
||
|
||
2. Usted puede satisfacer las condiciones de la sección 3(a)(1)
|
||
de cualquier forma razonable según el medio, las maneras y el
|
||
contexto en los cuales Usted Comparta el Material Licenciado.
|
||
Por ejemplo, puede ser razonable satisfacer las condiciones
|
||
facilitando un URI o un hipervínculo a un recurso que incluya
|
||
la información requerida.
|
||
|
||
3. Bajo requerimiento del Licenciante, Usted debe eliminar
|
||
cualquier información requerida por la sección 3(a)(1)(A) en
|
||
la medida razonablemente posible.
|
||
|
||
b. Si Usted Comparte Material Adaptado producido por Usted, la
|
||
Licencia del Adaptador que Usted aplique no debe evitar que los
|
||
destinatarios del material adaptado cumplan con esta Licencia
|
||
Pública.
|
||
|
||
|
||
Sección 4 -- Derechos "Sui Generis" sobre Bases de Datos.
|
||
|
||
Cuando los Derechos Licenciados incluyan Derechos "Sui Generis" sobre
|
||
Bases de Datos que apliquen a Su uso del Material Licenciado:
|
||
|
||
a. para evitar cualquier duda, la sección 2(a)(1) le concede a Usted
|
||
el derecho a extraer, reutilizar, reproducir y Compartir todo o
|
||
una parte sustancial de los contenidos de la base de datos;
|
||
|
||
b. si Usted incluye la totalidad o una parte sustancial del contenido
|
||
de una base de datos en otra sobre la cual Usted ostenta Derecho
|
||
"Sui Generis" sobre Bases de Datos, entonces ella (pero no sus
|
||
contenidos individuales) se entenderá como Material Adaptado; y
|
||
|
||
c. Usted debe cumplir con las condiciones de la sección 3(a) si Usted
|
||
Comparte la totalidad o una parte sustancial de los contenidos de
|
||
la base de datos.
|
||
|
||
Para evitar dudas, esta sección 4 complementa y no sustituye Sus
|
||
obligaciones bajo esta Licencia Pública cuando los Derechos Licenciados
|
||
incluyen otros Derechos de Autor y Derechos Similares.
|
||
|
||
|
||
Sección 5 -- Exención de Garantías y Limitación de Responsabilidad.
|
||
|
||
a. SALVO QUE EL LICENCIANTE SE HAYA COMPROMETIDO MEDIANTE UN ACUERDO
|
||
POR SEPARADO, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE EL LICENCIANTE OFRECE EL
|
||
MATERIAL LICENCIADO TAL COMO ES Y TAL COMO ESTÁ DISPONIBLE Y NO SE
|
||
HACE RESPONSABLE NI OFRECE GARANTÍAS DE NINGÚN TIPO RESPECTO AL
|
||
MATERIAL LICENCIADO, YA SEA DE MANERA EXPRESA, IMPLÍCITA, LEGAL U
|
||
OTRA. ESTO INCLUYE, DE MANERA NO TAXATIVA, LAS GARANTÍAS DE
|
||
TÍTULO, COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO EN
|
||
PARTICULAR, NO INFRACCIÓN, AUSENCIA DE VICIOS OCULTOS U OTROS
|
||
DEFECTOS, LA EXACTITUD, LA PRESENCIA O LA AUSENCIA DE ERRORES,
|
||
SEAN O NO CONOCIDOS O DETECTABLES. CUANDO NO SE PERMITA,
|
||
TOTALMENTE O EN PARTE, LA DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE GARANTÍAS, A
|
||
USTED PUEDE NO APLICÁRSELE ESTA EXCLUSIÓN.
|
||
|
||
b. EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, EN NINGÚN CASO EL LICENCIANTE SERÁ
|
||
RESPONSABLE ANTE USTED POR NINGUNA TEORÍA LEGAL (INCLUYENDO, DE
|
||
MANERA NO TAXATIVA, LA NEGLIGENCIA) O DE OTRA MANERA POR CUALQUIER
|
||
PÉRDIDA, COSTE, GASTO O DAÑO DIRECTO, ESPECIAL, INDIRECTO,
|
||
INCIDENTAL, CONSECUENTE, PUNITIVO, EJEMPLAR U OTRO QUE SURJA DE
|
||
ESTA LICENCIA PÚBLICA O DEL USO DEL MATERIAL LICENCIADO, INCLUSO
|
||
CUANDO EL LICENCIANTE HAYA SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE
|
||
TALES PÉRDIDAS, COSTES, GASTOS O DAÑOS. CUANDO NO SE PERMITA LA
|
||
LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD, YA SEA TOTALMENTE O EN PARTE, A
|
||
USTED PUEDE NO APLICÁRSELE ESTA LIMITACIÓN.
|
||
|
||
c. La renuncia de garantías y la limitación de responsabilidad
|
||
descritas anteriormente deberán ser interpretadas, en la medida de
|
||
lo posible, como lo más próximo a una exención y renuncia absoluta
|
||
a todo tipo de responsabilidad.
|
||
|
||
|
||
Sección 6 -- Vigencia y Terminación.
|
||
|
||
a. Esta Licencia Pública tiene una vigencia de aplicación igual al
|
||
plazo de protección de los Derechos de Autor y Derechos Similares
|
||
licenciados aquí. Sin embargo, si Usted incumple las condiciones
|
||
de esta Licencia Pública, los derechos que se le conceden mediante
|
||
esta Licencia Pública terminan automáticamente.
|
||
|
||
b. En aquellos casos en que Su derecho a utilizar el Material
|
||
Licenciado se haya terminado conforme a la sección 6(a), éste será
|
||
restablecido:
|
||
|
||
1. automáticamente a partir de la fecha en que la violación sea
|
||
subsanada, siempre y cuando esta se subsane dentro de los 30
|
||
días siguientes a partir de Su descubrimiento de la
|
||
violación; o
|
||
|
||
2. tras el restablecimiento expreso por parte del Licenciante.
|
||
|
||
Para evitar dudas, esta sección 6(b) no afecta ningún derecho que
|
||
pueda tener el Licenciante a buscar resarcimiento por Sus
|
||
violaciones de esta Licencia Pública.
|
||
|
||
c. Para evitar dudas, el Licenciante también puede ofrecer el
|
||
Material Licenciado bajo términos o condiciones diferentes, o
|
||
dejar de distribuir el Material Licenciado en cualquier momento;
|
||
sin embargo, hacer esto no pondrá fin a esta Licencia Pública.
|
||
|
||
d. Las secciones 1, 5, 6, 7, y 8 permanecerán vigentes a la
|
||
terminación de esta Licencia Pública.
|
||
|
||
|
||
Sección 7 -- Otros Términos y Condiciones.
|
||
|
||
a. El Licenciante no estará obligado por ningún término o condición
|
||
adicional o diferente que Usted le comunique a menos que se
|
||
acuerde expresamente.
|
||
|
||
b. Cualquier arreglo, convenio o acuerdo en relación con el Material
|
||
Licenciado que no se indique en este documento se considera
|
||
separado e independiente de los términos y condiciones de esta
|
||
Licencia Pública.
|
||
|
||
|
||
Sección 8 -- Interpretación.
|
||
|
||
a. Para evitar dudas, esta Licencia Pública no es ni deberá
|
||
interpretarse como una reducción, limitación, restricción, o una
|
||
imposición de condiciones al uso de Material Licenciado que
|
||
legalmente pueda realizarse sin permiso del titular, más allá de
|
||
lo contemplado en esta Licencia Pública.
|
||
|
||
b. En la medida de lo posible, si alguna disposición de esta Licencia
|
||
Pública se considera inaplicable, esta será automáticamente
|
||
modificada en la medida mínima necesaria para hacerla aplicable.
|
||
Si la disposición no puede ser reformada, deberá ser eliminada de
|
||
esta Licencia Pública sin afectar la exigibilidad de los términos
|
||
y condiciones restantes.
|
||
|
||
c. No se podrá renunciar a ningún término o condición de esta
|
||
Licencia Pública, ni se consentirá ningún incumplimiento, a menos
|
||
que se acuerde expresamente con el Licenciante.
|
||
|
||
d. Nada en esta Licencia Pública constituye ni puede ser interpretado
|
||
como una limitación o una renuncia a los privilegios e inmunidades
|
||
que aplican al Licenciante o a Usted, incluyendo aquellos surgidos
|
||
a partir de procesos legales de cualquier jurisdicción o
|
||
autoridad.
|
||
|
||
|
||
=======================================================================
|
||
|
||
Creative Commons no es una parte en sus licencias públicas. No
|
||
obstante, Creative Commons puede optar por aplicar una de sus licencias
|
||
públicas al material que publica y en estos casos debe ser considerado
|
||
como el “Licenciante”. El texto de las licencias públicas de Creative
|
||
Commons está dedicado al dominio público bajo una licencia CC0 de
|
||
Dedicación al Dominio Público. Excepto con el propósito limitado de
|
||
indicar que el material se comparte bajo una licencia pública de
|
||
Creative Commons o según lo permitido por las políticas de Creative
|
||
Commons publicadas en creativecommons.org/policies, Creative Commons no
|
||
autoriza el uso de la marca “Creative Commons” o cualquier otra marca o
|
||
logotipo de Creative Commons sin su consentimiento previo por escrito,
|
||
incluso, de manera enunciativa y no taxativa, en relación con
|
||
modificaciones no autorizadas de cualquiera de sus licencias públicas o
|
||
de cualquier otro acuerdo, arreglo o convenio relativos al uso de
|
||
Material Licenciado. Para evitar cualquier duda, este párrafo no forma
|
||
parte de las licencias públicas.
|
||
|
||
Puede contactarse con Creative Commons en creativecommons.org. |